Oficina de Educación a Distancia
Certificaciones
Aprobación de la propuesta para la creación de la Oficina de Educación a Distancia de la Universidad de Puerto Rico en Carolina
Política de creación de la Oficina de Educación a Distancia en UPR Carolina
Límite de 20 estudiantes sin sobrecupo a tenor con los cupos de ofrecimientos en línea de educación a distancia
Política de integridad académica de la UPR Carolina
Instrumento de evaluación del personal docente por parte de los pares en los cursos impartidos bajo la modalidad a distancia
Referido borrador de la Política Institucional de Educación a Distancia de la Universidad de Puerto Rico en Carolina
Política Institucional de Educación a Distancia (Borrador)
Evaluación por parte de los estudiantes en cursos a distancia
Instrumento de evaluación estudiantil en cursos híbridos
Política Educación a Distancia UPRC
Políticas y Reglamentos
Ley de la Universidad de Puerto Rico
Reglamento General UPR
Reglamentación Estudiantil
Guía para la verificación de la identidad de los estudiantes que participan en cursos a distancia
Norma sobre el uso de las Telecomunicaciones
Política Institucional sobre el Uso Aceptable de los Recursos de la Tecnología de la Información
Estándares para la utilización aceptable de recursos de tecnología informática
Política Institucional sobre Derechos de Autor
Derechos de Autor y Leyes Relacionadas
Integridad Académica
• Integridad Académica – La Universidad de Puerto Rico promueve los más altos estándares de integridad académica y científica. El Artículo 6.2 del Reglamento General de Estudiantes de la UPR (Certificación Núm. 13, 2009-2010, de la Junta de Síndicos) establece como: “Deshonestidad académica: Toda forma de deshonestidad o falta de integridad académica, incluyendo, pero sin limitarse a, acciones fraudulentas, la obtención de notas o grados académicos valiéndose de falsas o fraudulentas simulaciones, copiar total o parcialmente la labor académica de otra persona, plagiar total o parcialmente el trabajo de otra persona, copiar total o parcialmente las respuestas de otra persona a las preguntas de un examen, haciendo o consiguiendo que otro tome en su nombre cualquier prueba o examen oral o escrito, así como la ayuda o facilitación para que otra persona incurra en la referida conducta”.
Cualquiera de estas acciones estará sujeta a sanciones disciplinarias en conformidad con el procedimiento disciplinario establecido en el Reglamento General de Estudiantes de la UPR vigente. Para velar por la integridad y seguridad de los datos de los usuarios, todo curso híbrido, a distancia y en línea deberá ofrecerse mediante la plataforma institucional de gestión de aprendizaje, la cual utiliza protocolos seguros de conexión y autenticación. El sistema autentica la identidad del usuario utilizando el nombre de usuario y contraseña asignados en su cuenta institucional. El usuario es responsable de mantener segura, proteger y no compartir su contraseña con otras personas.
Política de Modificaciones Razonables y Servicios Académicos para Estudiantes con Impedimentos
- Certificación Núm. 133 (2015-2016) – Política de Modificaciones Razonables y Servicios Académicos para Estudiantes con Impedimentos Matriculados en la Universidad de Puerto Rico.
- Modificación Razonable (Acomodo razonable)- La Universidad de Puerto Rico (UPR) reconoce el derecho que tienen los estudiantes con impedimentos a una educación post secundaria inclusiva, equitativa y comparable. Conforme a su política hacia los estudiantes con impedimentos, fundamentada en la legislación federal y estatal, todo estudiante cualificado con impedimentos, tiene derecho a la igual participación de aquellos servicios, programas y actividades que están disponibles de naturaleza física, mental o sensorial y que por ello se ha afectado, sustancialmente, una o más actividades principales de la vida como lo es su área de estudios post secundarios, tiene derecho a recibir acomodos o modificaciones De usted requerir acomodo o modificación razonable en este curso, debe notificarlo al profesor sobre el mismo, sin necesidad de divulgar su condición o diagnóstico. De manera simultánea, debe solicitar a la Oficina de Servicios a Estudiantes con Impedimentos (OSEI) de la unidad o Recinto, en forma expedita, su necesidad de modificación o acomodo razonable.